Ayudas y Financiación: Proyectos de investigación I+D+i en el Sector Agroalimentario Vasco
El Gobierno Vasco destinará 2.450.000 euros para financiar proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en el Sector Agroalimentario Vasco.
Objeto
Estimular e incentivar la investigación, desarrollo e innovación en los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Finalidad
Estas ayudas pretenden aumentar la eficiencia y mejorar la competitividad y contribuir al crecimiento sostenible y fomentar la cooperación en los sectores agrícola, forestal y de los productos de la pesca y la acuicultura de Euskadi
Beneficiarios
Para las ayudas a los proyectos de investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y a los estudios de viabilidad técnica relacionados con proyectos de I+D+i, las personas beneficiarias podrán ser las siguientes:
a) Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que se clasificarán en:
1. Pequeña y mediana empresa, conforme el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión de 17 de junio, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
2. Gran empresa, que serán las empresas no contempladas en la definición de pequeñas y medianas empresas.
b) Las Asociaciones y Fundaciones.
c) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes.
d) Centros tecnológicos.
e) Organismo de investigación y difusión de conocimientos.
Para las ayudas a la innovación en materia de organización, las personas beneficiarias podrán ser las siguientes:
a) Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que se clasificarán en:
1. Pequeña y mediana empresa, conforme el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión de 17 de junio, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
2. Gran empresa, que serán las empresas no contempladas en la definición de pequeñas y medianas empresas. Esta deberá colaborar con una pequeña o mediana empresa, en la actividad para la que se solicite la ayuda, y la pequeña o mediana empresa asuma financieramente, como mínimo, el 30% del total de los costes subvencionables.
b) Las Asociaciones y Fundaciones.
c) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes.